Este trámite consiste en realizar el reclamo cuestionando la validez de las infracciones de tránsito.
En el caso que considera que una infracción fue mal labrada o no fue cometida podrá solicitar una audiencia con un Controlador Administrativo de Faltas.
Requisitos
- Es obligatorio presentar el D.N.I., Cédula Verde / Azul vigente y título del automotor.
- Recuerde que debe solicitar previamente su turno a través del 147 o desde internet o personalmente en cualquier Sede Comunal.
Pasos para realizar el trámite:
Podrá resolver con el Controlador el pago de sus infracciones en los siguientes Centros de Gestión y Participación Comunal:
- Sede Comunal 2, J. E. Uriburu 1022
- Sede Comunal 4 Subsede, Suárez 2032.
- Sede Comunal 7, Av. Rivadavia 7202
- Sede Comunal 10, Bacacay 3968
- Sede Comunal 13, Av. Cabildo 3067
- Sede Comunal 14, Beruti 3325.
- Sede Comunal 15, Av. Córdoba 5690.
- Dirección General de Licencias: Av. Coronel Roca 5252. Además, en la Dirección General de Administración de Infracciones (DGAI), Carlos Pellegrini 211, Piso 1º.
¿Quién puede efectuarlo?
Personas físicas:
- El titular del vehículo con documento de identidad, registro de conductor y cédula verde o título de propiedad del automotor. En caso de condominio, cualquiera de los condóminos con documento de identidad, registo de conductor y documentación del vehículo.
- El identificado en el acta de infracción con documento de identidad y registro de conductor.
- La persona identificada en la “Cédula de Identificación para Autorizado a Conducir”(cédula azul), con documento de identidad y registro de conductor.
- La persona que haya sido instituida mandataria por el titular del dominio mediante escritura pública (original y copia) acompañando la documentación del vehiculo.
- Los choferes de taxis: con documento de identidad, registro de conductor, cédula verde (o azul) y la tarjeta magnética del chofer.
- Los choferes de remises: con documento de identidad, registro de conductor tarjeta magnética del chofer y cédula azul.
Personas jurídicas:
- Apoderado: con escritura pública de poder (original y copia) y la documentación del/los vehículos y la sociedad según corresponda el caso.
- Sociedades Anónimas: el representante legal con Estatuto y Actas de designación de cargos en directorio
- Sociedades de Responsabilidad Limitada S.R.L.: el representante legal con contrato social
- Sociedades de Hecho: Cualquiera de los socios integrantes con documento de identidad y Constancia de CUIT
¿Qué se necesita para realizarlo?
Es obligatorio presentar el D.N.I., Cédula Verde / Azul vigente y título del automotor.
ORGANISMO RESPONSABLE
Dirección General de Administración de Infracciones
Dirección: Carlos Pellegrini 211, Piso 1
Horarios de atención: lunes a viernes de 8.00 a 19.00 hs.
Tel.: 147
E-mail: consultasdgai@buenosaires.gov.ar
Más información:
Todos los trámites son personales y no se requiere de gestores para realizarlos (Art. 6, Anexo I, Ley 591 (BO GCBA 1189)
El Controlador de Faltas únicamente desestimará las infracciones que fueron mal labradas o aquellas cuya invalidez fuera demostrada por las pruebas que presente el presunto infractor. Esto significa que es aconsejable presentar elementos de prueba en sustento de la inocencia del presunto infractor o para lograr la declaración de invalidez de la infracción.
En caso de que el infractor ya registre una infracción asignada a un determinado Controlador de Faltas deberá dirigirse ante ese Controlador inexcusablemente para continuar o concluir el trámite sin necesidad de solicitar turno presentando documentación acreditante.
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